Hay una regla para los plazos del IVA y hay un calendario publicado. En uno de los trimestres de 2026 no coinciden, y es al calendario al que queda vinculado el contribuyente.
La regla
El art. 41.º n.º 1 b) del CIVA dice que un periodo se presenta hasta el día 20 del segundo mes siguiente a su cierre, y el pago va el día 25. Aplicado a abril–junio da el 20 de agosto. Ahí se detienen casi todos los resúmenes y, en este trimestre, es la respuesta equivocada.
Lo que publica la AT
| Periodo | Presentación | Pago |
|---|---|---|
| 4.º trim. 2025 | 20 de febrero | 25 de febrero |
| 1.er trim. 2026 | 20 de mayo | 25 de mayo |
| 2.º trim. 2026 | 21 de septiembre | 25 de septiembre |
| 3.er trim. 2026 | 20 de noviembre | 25 de noviembre |
Régimen mensual
El régimen mensual es obligatorio a partir de una facturación de €650,000 en el año anterior, y opcional por debajo. El ritmo es el mismo: presentación hasta el día 20 del segundo mes siguiente, pago hasta el día 25.
El plazo antes del plazo
Los datos de facturación se comunican a e-fatura, el portal de facturación de la AT, hasta el día 5 del mes siguiente. Es fácil verlo como puro trámite, pero la declaración de IVA se concilia con esa comunicación: un mes que nunca se comunicó da una declaración que no hay forma de sostener.
¿Cuándo vence el IVA del 2.º trimestre de 2026 en Portugal?
El 21 de septiembre de 2026 para presentar y el 25 de septiembre de 2026 para pagar. Del art. 41.º n.º 1 b) del CIVA saldría el 20 de agosto, pero la norma no cierra la fecha de este periodo: la AT publica el 21 de septiembre en la Agenda Fiscal y esa es la fecha exigible. No la deduzca del Código.
¿El IVA se presenta mensual o trimestralmente en Portugal?
Trimestralmente por defecto. El régimen mensual es obligatorio a partir de €650,000 de facturación en el año anterior, y también puede elegirse de forma voluntaria.
¿Cuándo hay que comunicar las facturas a e-fatura?
Hasta el día 5 del mes siguiente a aquel en que se emitieron.